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Si quieres trabajar en España, ya sea por cuenta propia o ajena, siendo ciudadano comunitario o no comunitario, hay una serie de requisitos que debes cumplir para vivir y trabajar en España legalmente. Saber qué necesitas para vivir y trabajar en España es vital para conseguir tu propósito y hacerlo en el menor tiempo posible. ¡No querrás ralentizar el proceso por una solicitud mal realizada!

Trabajar en España siendo extranjero

¿Qué puedes hacer para vivir y trabajar en España siendo extranjero? Antes de contestar a esta pregunta, tendremos que distinguir entre los ciudadanos que pertenecen a la Unión Europea y los que no. Los trámites para trabajar en España y la documentación requerida para residir y trabajar en España serán sustancialmente diferentes en un caso u otro.

Trabajar en España siendo ciudadano comunitario

Vivir y trabajar en España siendo europeo y perteneciendo a algún país de la Unión Europea hace que el proceso para vivir y trabajar en España sea mucho más sencillo.

Para vivir y trabajar en España durante un periodo menor de tres meses bastará con presentar el pasaporte o documento de identidad. Cuando la estancia sea mayor, no obstante, el trabajador se inscribirá en el Registro Central de Extranjeros rellenando el impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18) en la Oficina de Extranjería de la provincia pertinente.

Los ciudadanos de la Unión Europea y los miembros de sus familias podrán circular y residir libremente en España durante los meses solicitados.

Trabajar en España siendo ciudadano no comunitario

Al no pertenecer a la Unión Europea, lo primero que debe hacer un ciudadano no comunitario es contar con una oferta de trabajo en España. El empleador o empresa española que requiera los servicios de este trabajador tendrá que solicitar un permiso de trabajo en España; una solicitud que podrá ser aceptada (o no) por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Si este permiso es aceptado, el trabajador tendrá que solicitar una visa de trabajo en España en el Consulado de España o en la Oficina Consular de España de su país de origen.

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