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Pongámonos en situación: acabas de salir del ERTE, has vuelto a cobrar tu nómina habitual en la empresa en la que trabajas y, teóricamente, ya no cobras la prestación por desempleo correspondiente del ERTE. Sin embargo, tu nómina del último mes ha llegado con un «pequeño extra»: el dinero del paro que ya no deberías cobrar. Automáticamente el Servicio de Empleo Público Estatal se pone en contacto contigo para reclamarte el cobro indebido de la prestación por desempleo y tienes 30 días hábiles para devolver el dinero del ERTE que no te corresponde. ¿Qué debes hacer ante esta situación? Te lo explicamos.

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▶ ¿Qué es un cobro indebido del SEPE?

Es el dinero recibido por ERROR que el trabajador ha de devolver en un plazo determinado. Los motivos del cobro indebido del paro pueden ser diversos:

  • La persona desempleada que está cobrando el paro encuentra un nuevo trabajo y no comunica al SEPE su nueva situación laboral.
  • El trabajador ha obrado de manera fraudulenta para beneficiarse de una ayuda al desempleo que no le corresponde.
  • NO se cumplían todos los requisitos requeridos en el momento de reconocer la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
  • El SEPE ha sufrido un colapso administrativo y erróneamente ha pagado de MÁS al trabajador.
Condiciones del contrato de trabajo
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▶ Sigo cobrando el paro: ¿Cómo devuelvo este dinero al SEPE?

Es el caso más habitual de cobro indebido del paro y por ello nos detenemos en él.

Según palabras del Gobierno, durante el mes de julio más de 700.000 trabajadores salieron del ERTE en el que se encontraban. Sin embargo, muchas de estas personas cobraron su nómina habitual durante los primeros días de agosto pero también la prestación por desempleo correspondiente a julio (a pesar de que ya no les correspondía por estar trabajando).

El colapso administrativo que ha sufrido el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) ha sido el causante de este aluvión de ingresos indebidos de la prestación por desempleo. Sin embargo, tú como trabajador que ha recibido este «ingreso extra» tienes 30 días a partir de la notificación de la resolución del cobro indebido para PAGAR al SEPE esta cantidad de más. De lo contrario, pasado este plazo se te aplicará un recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido.

«Si hubiera cobrado o se le hubiera ingresado en su cuenta corriente la prestación por un importe superior al que le corresponde o por un periodo de tiempo que no debe cobrar, el SEPE se lo comunicará, le informará del motivo del cobro indebido, del importe que adeuda y le indicará un número de cuenta donde realizar la devolución»

Si el SEPE te exige devolver MÁS de lo que has cobrado 👉 Presenta alegaciones en los 10 días hábiles desde que recibiste la notificación

Supongamos que no estás conforme con esta notificación porque el SEPE te reclama un importe bastante superior al que habrías cobrado en circunstancias normales como prestación por desempleo (o por cualquier otro motivo). En este caso el SEPE otorga un plazo máximo de diez días a partir de la notificación de la resolución del cobro indebido para presentar alegaciones ante la Dirección Provincial del Servicio de Empleo Público Estatal.

Transcurrido este plazo de diez días sin recibir ninguna alegación por parte del trabajador, el SEPE dicta definitivamente la resolución señalando que el trabajador ha percibido indebidamente una prestación por desempleo.

Si decides devolver el IMPORTE ÍNTEGRO cobrado indebidamente 👉 Paga la cantidad en los 30 días hábiles desde que recibiste la notificación

Si estás de acuerdo con la resolución y quieres pagar la deuda toda de una hazlo a través del número de ingreso de la cuenta bancaria que figura en la comunicación.

Si decides devolver el importe pero NO PUEDES HACERLO DE UNA SOLA VEZ 👉 Solicita el pago aplazado o fraccionado

Si recibes la notificación de un pago indebido cuya cantidad es muy elevada es posible que no puedes devolverla de golpe cuando el SEPE te reclame el cobro. Si este es tu caso no hay nada de lo que debas preocuparte: solicita el pago fraccionado en los pasos que enumeramos en el siguiente punto.

📍 Si pasados los 30 días hábiles no has pagado la deuda o solicitado el aplazamiento/fraccionamiento del cobro el SEPE te aplicará un recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido; un interés de demora vigente desde el día siguiente al incumplimiento hasta el día en el que se pague la deuda.

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▶ ¿Cómo solicitar el pago fraccionado de un cobro indebido al SEPE?

Si no puedes pagar el importe reclamado del SEPE todo de una has de pedir el pago fraccionado durante los 30 días hábiles (es decir, aquellos que no sean sábado, domingo o días festivos) desde la notificación de la resolución. Si la solicitud del fraccionamiento se realizara DESPUÉS de los 30 días hábiles el dinero adeudado se incrementará con los recargos establecidos por ley.

¿Y qué puedes hacer tú para solicitar el fraccionamiento? Muy sencillo:

Redacta un escrito de solicitud

En este escrito debes indicar cuáles son las circunstancias económicas y personales que te impiden pagar el importe íntegro de la deuda y por las que necesitas hacer el pago fraccionado de manera mensual.

Cumplimenta la Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago de prestaciones indebidamente percibidas

El escrito anterior debe ir acompañado de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del SEPE debidamente cumplimentada. Puedes rellenar esta solicitud a través de la página web del SEPE o descargar directamente el modelo haciendo clic en el siguiente botón de descarga:

Descarga el formulario de solicitud de aplazamiento del SEPE

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