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Bien por motivos de residencia u otras causas, algunos profesionales se plantean si es posible cambiar de oficina de empleo y realizar los trámites en una delegación diferente. Veamos con más detalle esta cuestión. En primer lugar, la norma general del SEPE-INEM es que cada profesional debe apuntarse al paro en la oficina de empleo que corresponda a la dirección de su domicilio. Este criterio se establece para llevar a cabo una mejor organización del papeleo y los distritos, de forma más ordenada.

Si el cambio de oficina de empleo fuera completamente aleatorio, el caos que supondría organizar las solicitudes de paro sin ningún tipo de componente adjudicado, supondría una paralización global de la administración en el sector laboral. Sin embargo, debido a la gran cantidad de demandantes de empleo que hay en la actualidad y al colapso existente, el INEM ha habilitado la posibilidad de trámites a través de internet, dando la opción de pedir cita previa mediante la Sede Electrónica del SEPE.

¿Se puede cambiar de oficina de empleo?

Ya no hay problema a la hora de cambiar de oficina de empleo, porque en la asignada exista un mayor número de solicitantes, el número de personal sea inferior, la combinación de transporte para llegar hasta allí no sea la más adecuada, etc.

No obstante, recuerda que en el caso de que desees solicitar un cambio de residencia permanente y por tanto, debas recibir asignación de una nueva oficina de empleo, tendrás que solicitar el traslado de expediente para que toda la documentación referente a tu caso sea redirigida a la nueva dirección.

Así mismo, la legislación administrativa da la opción a presentar la solicitar la tarjeta de demanda de empleo en los registros de los órganos administrativos que pertenezcan a la Administración General del Estado, siempre que corresponda a una oficina de su Comunidad Autónoma. También están habilitadas las instituciones que componen la Administración Local o las oficinas de correos.

Requisitos para cambiar de oficina de empleo

Como ya hemos adelantado, la única circunstancia bajo la cual es posible un cambio de oficina de empleo se da si existe un cambio de domicilio. De lo contrario, si el SEPE permitiera a cualquier persona elegir su oficina de empleo en base a otro tipo de preferencias, la gestión, la tramitación y el traslado de expedientes serían demasiado complejos. Hay que tener en cuenta que son muchísimas las personas las que cada día requieren los servicios de este organismo público.

Pero, si es tu caso y acabas de cambiar de residencia, el primer paso será comunicar el cambio de domicilio al SEPE. De hecho, se trata de una obligación de cualquier usuario de este servicio, pues este dato es necesario a la hora de gestionar las ayudas para desempleados y proporcionar una asistencia efectiva a la hora de lograr la reinserción laboral. También será clave para poder recibir en el domicilio correcto toda la documentación importante.

La persona interesada solo podrá comunicar este cambio de manera presencial, ya que por teléfono o por Internet no es posible realizar esta gestión. Asimismo, si el cambio se produce dentro de la misma comunidad autónoma, deberá informar a su oficina actual, mientras que si se va a cambiar de comunidad autónoma el dato habrá que aportarlo a la nueva oficina.

También habrá diferencias en función de si el demandante de empleo está recibiendo alguna prestación. Si es el caso, se tendrá que volver a presentar la solicitud de la prestación a través del correspondiente impreso, incluyendo en él la nueva dirección.

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