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Si es la primera vez que tienes que solicitar una baja laboral, es probable que te preguntes por los documentos que debes presentar para que esta se haga efectiva. Desde ese momento, dejarás de recibir la nómina por parte de la empresa, ya que no estás desempeñando tu trabajo. Por este motivo, es fundamental que conozcas bien el proceso de la baja laboral, para que se cumplan correctamente los plazos y puedas recibir la prestación por incapacidad temporal sin que se produzcan imprevistos. Así pues, ¿qué documentos debes presentar para pedir una baja en el trabajo? Presta especial atención.

Documentación necesaria para solicitar una baja laboral

Una baja laboral puede darse por muchos motivos. Los más habituales son las enfermedades comunes, pero también puede ocurrir que el empleado sufra un accidente que le deje temporalmente incapacitado para trabajar. En esos casos, lo que debemos hacer es ir al médico, que es quien decidirá si estamos o no en condiciones de desarrollar nuestra actividad profesional.

En caso negativo, nos proporcionará un parte de baja firmado y en él establecerá los días que considera que debemos estar de baja. A partir de ese momento, dispondremos de 3 días para enviarle este documento y la confirmación de la baja a nuestra empresa, que será la encargada de enviárselo a la Seguridad Social.

A partir del cuarto día de baja es cuando comenzaremos a cobrar la prestación, y si la baja dura más de 5 días, tendremos que ir renovando el parte de baja de incapacidad temporal por accidente o enfermedad laboral, con el parte de confirmación. Así, si la incapacidad dura más, habrá que acudir al médico, como mínimo, cada semana, para que verifique que seguimos necesitando reposo o descanso.

Paralelamente, tendremos que ir enviando a la empresa todos aquellos partes de baja y confirmación que el médico nos vaya firmando, para justificar que nuestra situación no ha cambiado.

Cuando nos hayamos recuperado y el médico considere que nos puede dar el alta, podremos volver a trabajar. El parte de alta firmado por el médico habrá que proporcionárselo a la empresa antes de que transcurran 24 horas laborables.

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