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La Renta Valencia de Inserción (RVI) es una ayuda para desempleados de carácter extraordinario que se puso en marcha en abril de 2018, aunque su aprobación se produjo ya en diciembre de 2017. Consiste en una prestación económica que proporciona la Generalitat Valenciana a todas aquellas personas que la soliciten, que acrediten estar en una situación de riesgo de exclusión social y que cumplan una serie de requisitos para solicitar la Renta Valenciana de Inclusión. Esta renta está compuesta, a su vez, por cuatro tipos de ayudas diferentes, que se han implementado ya o lo harán en los próximos meses:

  • Renta de garantía inclusión social (RGIS): dirigida especialmente a aquellas personas que acepten un acuerdo de inclusión social.
  • Renta de garantía de ingresos mínimos (RGIM): es el complemento a la anterior ayuda, y está pensado para aquellas personas que, por problemas personales, no sean capaces de suscribir ese acuerdo de inclusión social. Como es lógico, el importe económico en este caso es menor.
  • Renta complementaria de ingresos por prestaciones (RCIP): consiste en un complemento a las prestaciones o pensiones que se puedan estar recibiendo, cuando estas son insuficientes.
  • Renta complementaria de ingresos por trabajo (RCIT): de nuevo, es un complemento, en este caso a los ingresos laborales que se puedan tener pero cuyo importe no supere las necesidades mínimas.

Las ayudas 1 y 2 ya están en vigor, mientras que la 3 y la 4 se activarán en 2019 y 2020, respectivamente.

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¿Qué necesito para pedir la Renta Valenciana de Inclusión?

¿Existen ayudas para desempleados que hayan agotado todas las prestaciones? Por supuesto; la RVI es una de ellas. Todos los requisitos para pedir la Renta Valenciana de Inclusión, a continuación.

1. Tener más de 25 años

Se trata de un requisito imprescindible, salvo que se den una de estas dos circunstancias. En primer lugar, que se haya cotizado a la Seguridad Social como mínimo un año y se cuente con un hogar independiente, es decir, que la persona se encuentre emancipada. Y, en segundo lugar, que se tenga menores o personas dependientes a cargo o que se haya sido víctimas de algún tipo de violencia. También se aplica para las personas menores de 25 años que se encuentren en situación de orfandad o que hayan formado parte del sistema de protección de menores.

2. Llevar empadronado o tener la residencia efectiva en la Comunidad Valenciana desde hace, cómo mínimo, un año

Esto incluye a todos los miembros de la unidad familiar, y también es equivalente el hecho de haber estado viviendo de forma efectiva 5 de los últimos 10 años en la región. Con residencia efectiva nos referimos a otro tipo de acreditaciones oficiales diferentes al empadronamiento, como pueden ser el informe de los servicios sociales o de los servicios públicos de empleo. Eso sí, hay excepciones: los refugiados, asilados y las víctimas de violencia sexual o de género no necesitarán acreditar su residencia en la Comunidad Valenciana.

3. Haber agotado todas las ayudas ordinarias a las que se tuviera acceso

Esto quiere decir que no podrán acceder a la Renta Valenciana de Inclusión aquellas personas que no hayan solicitado con anterioridad las ayudas ordinarias, es decir, las prestaciones o pensiones a las que también se tuviera derecho.

4. No estar disponiendo de los centros de atención residencial disponibles

No podrán obtener la Renta Valenciana de Inclusión aquellas personas que estén disfrutando de una plaza en alguno de estos centros. Se tendrá que acreditar también la insuficiencia de ingresos y de patrimonio para afrontar los costes más básicos del día a día

Así, no se podrán disponer de bienes inmuebles, distintos de la vivienda habitual, puesto que se supone que con la explotación de esos bienes se podrían obtener los recursos suficientes para vivir.

Hay que tener en cuenta, además, que el importe de la Renta Valenciana de Inclusión no será el mismo en todos los casos, sino que dependerá de la situación particular de cada solicitante. Así, se tendrá en cuenta el número total de personas que componen la unidad familiar y los ingresos que percibe cada una.

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