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Caer enfermo nunca viene bien. Desde levantarte con la peor de las gripes hasta romperte una pierna pueden ser razones para faltar al trabajo por incapacidad física. Pero, ¿es necesario coger la baja por unos días de fiebre? ¿Para qué sirve y, sobre todo, para qué no sirve un justificante médico?

Qué hacer en el trabajo cuando estás enfermo
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Existen dos tipos de documentos para justificar la ausencia por causas médicas: el justificante médico y el parte de baja. Así es cómo pueden ayudarte uno u otro, y qué pasa si no tienes ninguno de los dos.

¿Puedo faltar al trabajo sin justificante médico?

La respuesta a esta pregunta se encontrará en tu convenio colectivo. Algunos sectores cuentan con unos días de permiso por asuntos propios, remunerados y que no tendrán que recuperarse, y de los que podrás beneficiarte siempre y cuando lo comuniques con antelación.

En caso de que faltes a tu puesto sin previo aviso, por razones médicas o no, tu empresa podría sancionarte restando la parte proporcional de tu sueldo. Faltar repetidamente al trabajo sin justificación podría derivar en una amonestación por parte de la empresa o incluso un despido procedente.

El justificante médico

El justificante expedido en Urgencias, en sí mismo, sólo prueba legalmente que estuvimos en el médico en cierta fecha y hora, y el doctor o doctora nos recomienda reposo.

En la mayoría de las empresas, este documento puede ser suficiente justificación para tu ausencia y la compañía no podrá sancionarte, pero no siempre estarán obligados a pagarte por el tiempo que te ausentes. El día o los días que perdamos por enfermedad no estarán cubiertos por la empresa ni por la Seguridad Social, a no ser que se fije lo contrario en el convenio.

Algunos convenios colectivos recogen permisos remunerados por enfermedad de hasta tres días.

¿Qué hago si estoy enfermo y no puedo a trabajar?
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La baja médica

El permiso por incapacidad temporal es un tipo de baja laboral que sólo se obtiene con un parte de baja a realizar por el médico de cabecera, y en ningún caso el de urgencias. Este permiso puede durar hasta 365 días, pero se pueden pedir prórrogas.

El convenio colectivo establece cuánto cobrarás los primeros cuatro días de baja, ya que el Sistema Nacional de Salud (SNS) no cubre los tres primeros días. A partir de entonces, los 20 primeros días cobrarás el 60% de tu salario, que después pasará a ser el 75%.

En principio, el parte de incapacidad temporal ofrece mejores garantías al trabajador indispuesto que un justificante médico, aunque depende siempre del convenio colectivo. Por eso puede ser recomendable solicitar la baja al personal médico, aunque sea sólo para menos de cinco días.

  • http://blog.infoempleo.com/a/ausencias-temas-medicos-del-trabajo/
  • https://blogs.imf-formacion.com/blog/recursos-humanos/formacion/cuando-es-necesario-un-justificante-medico/
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